TRAMITACIÓN DE LA HERENCIA
La tramitación de la herencia consiste en determinar lo bienes, derechos y pasivos de la masa hereditaria y el reparto de éstos entre sus herederos. Para la tramitación de la herencia existe un plazo fiscal de seis meses a contar desde la muerte del fallecido no existiendo plazo para la aceptación y reparto de la herencia, si bien lo aconsejable es hacer la escritura de aceptación y reparto dentro del plazo fiscal.
Precio del servicio:
Condiciones del servicio:
El presupuesto va a depender, en primer lugar si es de mutuo acuerdo o contenciosa, de la masa hereditaria y número de herederos, y en cualquier caso el presupuesto comprenderá toda la tramitación a excepción de gastos de notaria, notificaciones, certificaciones registrales y cualquier otro gasto que fuera necesario realizar, ni la tramitación para hacer efectivos los acuerdos que en su caso se presupuestará aparte.
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